¿Cuántos tipos de poderes legales existen?
Los tipos de poderes legales mas comunes son el Poder General y el Poder Especial o con Cláusula Especial. Estos poderes pueden ser Administrativo o Judicial, con o sin Cláusula Especial.
De estos poderes se derivan ciertas modalidades que combinan dos o mas de los anteriores hasta llegar al Poder General Administrativo y Judicial con Clausula Especial.
Va a ser el Notario autorizante el mas indicado para determinar, dependiendo del asunto en cuestión, el tipo de poder que mejor le conviene o si debe de otorgarse más de un poder.
¿Qué documentos se requieren para otorgar un poder?
Siendo que la identificación del compareciente es un requisito de la esencia en las escrituras y que todo poder en Escritura Pública, se deben usar en primera instancia los documentos emitidos por autoridades de El Salvador, tales como Documento Único de Identidad (DUI) o su Pasaporte. Además del NIT en los casos donde el poder tendrá que ver con propiedades o derechos patrimoniales, por ejemplo la compra-venta de una casa o de algún vehículo. Los documentos usados en la identificación deben de estar vigentes
Si el interesado (otorgante) carece de documentos de identificación salvadoreños, también puede usarse el pasaporte del país donde resida, en caso de ser ciudadano del mismo.
Otra alternativa es la identificación por medio de dos testigos de conocimiento, cuando el interesado carece de documentos o si estos están vencidos.
¿Ante quién se otorga un Poder Legal?
Para que tenga validez en nuestro país, un poder debe de ser otorgado ante un Cónsul de la República o ante un Notario autorizado por la Corte Suprema de Justicia de la República de El Salvador.
¿Qué pasa si un poder se otorga donde no hay Consulado o un Notario Salvadoreño
De no haber Cónsul o un Notario Salvadoreño, también pueden otorgarse poderes de conformidad con la CONVENCIÓN DE LA HAYA SOBRE LA APOSTILLA, o en su caso, bajo la CONVENCIÓN INTERAMERICANA SOBRE RÉGIMEN LEGAL DE PODERES PARA SER UTILIZADOS EN EL EXTRANJERO. Es oportuno aclarar que dichos “poderes deberán ser legalizados” de acuerdo con las leyes internas de nuestro país, antes de su ejercicio o carecerán de validez. Así mismo, en caso de que un poder esté redactado en otro idioma, se “traducirá al idioma oficial del Estado de su ejercicio”, es decir, al castellano.
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